El programa de Protección Social al Adulto Mayor, conocido como Colombia Mayor, busca aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de un subsidio económico para aquellos colombianos que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, que no cuentan con una pensión y que viven en la extrema pobreza. Actualmente, aproximadamente 1.654.299 de adultos mayores reciben el dinero de este subsidio.

El Departamento de Prosperidad Social, entidad encargada de realizar los pagos de este subsidio, informó que el dinero correspondiente al ciclo 11 de Colombia Mayor está disponible desde el pasado 29 de noviembre de 2021. Sin embargo, la transferencia podrá ser reclamada por los beneficiarios hasta este lunes 13 de diciembre. Tenga en cuenta que cada participante recibirá 80.000 pesos, correspondientes únicamente a la transferencia de este ciclo.

"El Gobierno nacional ha dispuesto 144.043.805.000 pesos para garantizar los recursos para este pago", comentó Susana Correa, directora del Departamento de Prosperidad Social. El retiro de este dinero se podrá realizar en los más de 27.000 puntos del operador SURED y sus aliados, que están encargados de la entrega del subsidio en todos los municipios del país. Dando clic aquí puede consultar el listado de los puntos de pago por municipio.

Requisitos para reclamar el dinero de Colombia Mayor

Para ser beneficiario del programa Colombia Mayor es necesario ser colombiano, haber residido durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional, tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres), y carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir. Cabe mencionar que el pago de este subsidio se realiza de manera mensual.

En caso de que un adulto mayor cumpla con los requisitos se podrá inscribir al programa siempre y cuando realice los siguientes pasos:

1. El adulto mayor se debe acercar a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social, antiguos COL.

2. La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verifica el cumplimiento de los requisitos a través de los procedimientos establecidos para su validación y diligencia la ficha de priorización en físico y en el sistema.

3. El Administrador Fiduciario encargado hasta el mes de junio de 2021 de la operación del programa, verifica y valida el cumplimiento de requisitos de los aspirantes, procesa la información y la carga en el sistema que automáticamente, le asigna un puntaje y un puesto en el listado de priorización a cada aspirante.

4. Los listados de priorización son indispensables debido a que cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; en la medida que se liberan cupos sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios, de acuerdo con los siguientes criterios:

- La edad del aspirante.

- El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.

- La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.

- Personas a cargo del aspirante.

- Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.

- Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema.

- Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.

- Fecha de solicitud de inscripción al programa.

5. Si posterior a los cruces de información realizada a través de diferentes fuentes del nivel nacional, se evidencia que el aspirante no cumple con alguno de los requisitos de ingreso, se notifica a la alcaldía para realizar la verificación en territorio.

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