Más de 15 millones de colombianos se preparan económicamente para el incremento en el canon de arrendamiento de inmuebles de vivienda en todo el país, por lo que la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) informó algunas normas establecidas sobre los cambios en estos valores para este 2021.

Incremento con base en la inflación

El artículo 20 de la Ley 820 de 2003 establece que el incremento máximo en el canon de arrendamiento de un inmueble de vivienda depende de la inflación del año inmediatamente anterior. Es decir que en este caso el aumento podría ser de hasta el 1.61%, según la inflación del 2020 certificada por el DANE.

"El aumento solo es legal si el canon resultante del reajuste no supera el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte de él que se encuentre arrendada", señaló Fedelonjas en un artículo publicado por Semana.

¿Cuándo sube el arriendo?

El incremento en el contrato de arrendamiento de vivienda tiene una vigencia de 12 meses y empezará a regir a partir de la fecha en la que el mismo haya quedado suscrito. Un ejemplo es que si la persona paga un millón de pesos de arriendo, el incremento máximo de ese valor será de $16.100 y empezará a regir desde el momento en el que se cumpla el año de contrato.

¿A quién no aplica el incremento del arriendo?

Este incremento en el canon de arrendamiento no aplica para inmuebles destinados a actividades diferentes a vivienda. En esos casos, el aumento se da por acuerdo entre las partes al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo.

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