Desde 2018 Martha Sepúlveda, de 51 años, fue diagnosticada con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) una enfermedad que le ha causado dolor intenso en todo su cuerpo y dificultades para movilizarse. Debido a su compleja situación, la mujer solicitó el 27 de julio de 2021 la eutanasia a su EPS Sura. Tras esa petición, el 6 de agosto se le informó que el procedimiento se podía llevar a cabo debido a que cumplía con los requisitos para morir dignamente.

En ese sentido, Martha programó su muerte para el domingo 10 de octubre en Medellín y se convertiría en la primera paciente no terminal en recibir la eutanasia. No obstante, procedimiento no se llevó a cabo debido a que el Comité Científico Interdisciplinario de la IPS Instituto Colombiano del Dolor S.A.S. (Indocol) canceló todo a última hora con el argumento de que no cumplía con todos los requisitos necesarios.

Comunicado-Incodol

"Según reunión del 8 de octubre del presente año, en la cual se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud, concluyó de manera unánime cancelar el procedimiento a morir con dignidad a través de eutanasia, programado para el día 10 de octubre de 2021", señaló la IPS. Asimismo, Indocol confirmó que su decisión se basó en el artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud y de Protección Social, que le asigna al Comité poder para revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo.

Por su parte, Freddy Quintero, gerente de Incodol, comentó en entrevista con Noticias Caracol que se evidenciaron irregularidades, lo que llevó a que se solicitara una nueva valoración por parte de su médica tratante. "En este caso la neuróloga, y con esto aportar nuevos datos clínicos a la valoración de la paciente. Esto lo evaluó el comité y con base a esto se tomó una decisión de que ella no cumplía con la terminalidad", argumentó el gerente.

Juez ordena practicar eutanasia a Martha Sepúlveda

En las últimas horas, se conoció que el Juzgado 20 Civil del Circuito de Medellín ordenó a Indocol practicar el procedimiento de eutanasia a Martha Sepúlveda y concedió el amparo constitucional para la protección de los derechos fundamentales a morir dignamente, la vida digna, el libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana, que según el juez, la IPS ha vulnerado luego de negarse a realizar el procedimiento.

Por medio del fallo, el juez también confirmó que Martha si cumple con los requisitos necesarios para que Indocol lleve a cabo este proceso. "Se le ordena a la citada IPS cumplir con lo establecido por el comité científico interdisciplinario para morir dignamente (…) se le informa y reconoce a la tutelante, que cumple, con los requisitos para ejercer su derecho a morir dignamente a través de la eutanasia según lo establecido por el precedente jurisprudencial", se puede leer en el texto.

De igual manera, el Juzgado ordenó a Indocol que en el término "improrrogable" de 48 horas acuerde con la señora Martha Sepúlveda el día y la hora para que se lleve a cabo el procedimiento eutanásico. Sobre esto último, se ha podido confirmar que la mujer recibió este jueves, 28 de octubre de 2021, la llamada por parte de la IPS para continuar con el trámite. Sin embargo, por ahora no han establecido la fecha y hora para llevar a cabo la eutanasia.

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