Durante el pasado jueves 2 de septiembre se desarrolló la votación de la Corte Constitucional que definió el futuro de la cadena perpetua para violadores de niños y adolescentes en Colombia. Mediante el acto legislativo 01 de 2020, el Congreso de la República había aprobado esta sanción para las personas que enfrentaran procesos por delitos relacionados con el abuso de menores de edad.
La Sala Plena del alto tribunal declaró como inconstitucional la reforma que reglamentaba la pena perpetua para violadores de niños. Se estimó la ponencia presentada por la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, donde se argumentó que con el acto legislativo se vulneraba la dignidad humana de las personas condenadas. Bajo esta perspectiva se estarían afectando algunos de los derechos consagrados en la Constitución de 1991.
“El Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución”, dice la ponencia presentada por la magistrada.
En adición, la Corte Constitucional estudió la demanda presentada por los ciudadanos Manuel Alejandro Iturralde Sánchez, Mario Andrés Torres y Juan Pablo Uribe, quienes pertenecen al grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes. En la querella presentada se definió el concepto de dignidad humana como “el presupuesto esencial de la consagración y efectividad del sistema de derechos y garantías contemplado en la Constitución, presupuesto que además garantiza la autonomía e identidad del ser humano”.
Los fallos se acatan. Las fallas de nuestra sociedad tenemos que corregirlas. Seguiremos nuestra lucha por los derechos de los niños y por lograr la máxima sanción ejemplarizante a quienes los asesinan y abusan.
— Iván Duque ?? (@IvanDuque) September 3, 2021
De acuerdo con el análisis sobre la documentación presentada, se establecieron debates que estuvieron focalizados en plantear procesos de resocialización para las personas privadas de su libertad. Además, se argumentó que el Estado debe desarrollar, en estas situaciones, un papel encaminado en garantizar medios y herramientas para lograr que se cumpla con la dignidad humana.
Entre tanto, se estudió el costo que genera para el sistema penitenciario tener a un recluso con este tipo de sanciones y este se convirtió en otro argumento para tumbar la cadena perpetua para violadores. Cristina pardo, Alberto Rojas Ríos, Alejandro Linares, José Fernando Reyes, Diana Fajardo y Jorge Ibáñez fueron los magistrados que apoyaron la ponencia. La decisión de la ha generado polémica, especialmente en el sector del Congreso que apoyó el acto legislativo del año 2020.