La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), publicó desde hace meses el calendario tributario con el propósito de que los colombianos conozcan las fechas límites para que personas naturales declaren renta en 2021. De esta manera, los ciudadanos deberán tener en cuenta las fechas y últimos dígitos de la cédula para evitar sanciones económicas por no realizar el proceso en el tiempo que corresponde.
Tenga en cuenta que la declaración de renta se presenta teniendo en cuenta las transacciones económicas del año inmediatamente anterior, es decir, en este año 2021 los ciudadanos que declaren renta deberán tener en cuenta los movimientos realizados durante el año 2020. Hoy, martes 17 de agosto de 2021, tienen plazo máximo para realizar el proceso quienes tengan su cédula termina en 09 y 10.
Es importante que las personas naturales tengan en cuenta que quienes no declaren renta, y lo deban hacer, tendrán sanciones económicas. "El valor mínimo de cualquier sanción, incluidas las sanciones reducidas, ya sea que deba liquidarla la persona o entidad sometida a ella, o la Administración de Impuestos, será equivalente a la suma de 10 UVT", confirma el artículo 639 del Estatuto Tributario, en 2021 la multa corresponde a 363.000 pesos.
¿Quiénes deben declarar renta en 2021?
De acuerdo con la información establecida por la DIAN, en 2021 deben presentar la Declaración de Renta por el año gravable 2020 todas las personas naturales que cumplan con alguna de las siguientes condiciones:
1. Si el ciudadano tiene un patrimonio bruto superior a $160.232.000 a 31 de diciembre de 2020.
2. Si el ciudadano tiene ingresos brutos iguales o superiores a $49.850.000 durante el año 2020.
3. Si el ciudadano tiene consumos con tarjeta de crédito superiores a $49.850.000 durante el año 2020.
4. Si el ciudadano hizo compras y consumos totales superiores a $49.850.000 durante el año 2020.
5. Si el ciudadano realizó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior a $49.850.000 durante el año 2020.
6. Si el ciudadano es responsable del Impuesto Sobre las Ventas (IVA) al cierre del año gravable 2020.
No obstante, las personas naturales deben tener en cuenta los ingresos no constitutivos, es decir, aquellos ingresos por los que los contribuyentes no pagarán impuestos a la renta ni impuestos a las ganancias ocasionales. Estos son los subsidios que el gobierno entrega a los contribuyentes, según la ley 101 del año 1993 también lo son aquellos ingresos que provienen del incentivo al almacenamiento y la capitalización rural. Para consultar cuáles son los ingresos no constitutivos de clic aquí.
Fechas límites para declaración de renta en 2021
A continuación presentamos, por meses, las fechas límites para que personas naturales declaren renta en 2021:
Fecha límite personas naturales del 01 al 30: 01 y 02 (10 de agosto de 2021); 03 y 04 (11 de agosto de 2021); 05 y 06 (12 de agosto de 2021); 07 y 08 (13 de agosto de 2021); 09 y 10 (17 de agosto de 2021); 11 y 12 (18 de agosto de 2021); 13 y 14 (19 de agosto de 2021); 15 y 16 (20 de agosto de 2021); 17 y 18 (23 de agosto de 2021); 19 y 20 (24 de agosto de 2021); 21 y 22 (25 de agosto de 2021); 23 y 24 (26 de agosto de 2021); 25 y 26 (27 de agosto de 2021); 27 y 28 (30 de agosto de 2021); 29 y 30 (31 de agosto de 2021).
Fecha límite personas naturales del 31 al 74: 31 y 32 (1 de septiembre de 2021); 33 y 34 (2 de septiembre de 2021); 35 y 36 (3 de septiembre de 2021); 37 y 38 (6 de septiembre de 2021); 39 y 40 (7 de septiembre de 2021); 41 y 42 (8 de septiembre de 2021); 43 y 44 (9 de septiembre de 2021); 45 y 46 (10 de septiembre de 2021); 47 y 48 (13 de septiembre de 2021); 49 y 50 (14 de septiembre de 2021); 51 y 52 (15 de septiembre de 2021); 53 y 54 (16 de septiembre de 2021); 55 y 56 (17 de septiembre de 2021); 57 y 58 (20 de septiembre de 2021); 59 y 60 (21 de septiembre de 2021); 61 y 62 (22 de septiembre de 2021); 63 y 64 (23 de septiembre de 2021); 65 y 66 (24 de septiembre de 2021); 67 y 68 (27 de septiembre de 2021); 69 y 70 (28 de septiembre de 2021); 71 y 72 (29 de septiembre de) 2021; 73 y 74 (30 de septiembre de 2021).
Fecha límite personas naturales del 75 al 00: 75 y 76 (1 de octubre de 2021); 77 y 78 (4 de octubre de 2021); 79 y 80 (5 de octubre de 2021) ;81 y 82 (6 de octubre de 2021); 83 y 84 (7 de octubre de 2021); 85 y 86 (8 de octubre de 2021); 87 y 88 (11 de octubre de 2021); 89 y 90 (12 de octubre de 2021); 91 y 92 (13 de octubre de 2021); 93 y 94 (14 de octubre de 2021); 95 y 96 (15 de octubre de 2021); 97 y 98 (19 de octubre de 2021); 99 y 00 (20 de octubre de 2021).