En las últimas horas el Gobierno Nacional confirmó que tras la expedición de 27 decretos, se ha realizado formalmente el aumento en un 2.61% en los salarios de más de 1.200.000 servidores públicos de todo el país. De acuerdo con lo anunciado por el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, el incremento salarial para este grupo de trabajadores será del 2.61% para este año y de 1.64% más el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para 2022.

"El gobierno del presidente Duque negocia y habla con todos los representantes de los trabajadores. Hoy expedimos 27 decretos en beneficio de los servidores públicos del país y este Gobierno terminará cumpliendo hasta donde nos sea posible, lo que se acordó en la negociación", agregó el ministro de Trabajo. Asimismo, el funcionario aseveró que integrantes de las fuerzas militares y de la Policía Nacional también se beneficiarán con esta noticia.

Asimismo, el Departamento Administrativo de la Función Pública afirmó que con la expedición de los decretos, las entidades públicas podrán actualizar su Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) la destinación presupuestal para poder realizar el pago de los salarios con el ajuste y el retroactivo correspondiente desde el primero de enero de 2021. Cabe mencionar que el acuerdo se dio luego de 40 días de negociación y tras la discusión de 1.300 puntos.

Es importante decir que los decretos se aplican para todos los servidores del orden nacional de las tres ramas del poder público: Ejecutiva, Legislativa y Judicial. Los docentes también están incluidos además de los órganos autónomos y organismos de control del Estado. Entre tanto, en las entidades públicas del orden territorial se fijan los topes máximos correspondientes para que las autoridades competentes incrementen el salario a sus servidores.

"En cada acto administrativo se especifican las condiciones de reajuste por cada funcionario del estado colombiano, donde se tiene en cuenta la condición individual de cada grupo de funcionarios públicos. La mesa de negociación colectiva estuvo liderada conjuntamente por los Ministerios del Trabajo y de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Administrativo de la Función Pública", añade el Gobierno Nacional.

¿Qué pasa con los trabajadores que salen de su cargo antes de que se expida el decreto?

En caso de que un trabajador del Estado salga de su cargo antes de que se expida el decreto para dicho aumento salarial, este no perderá el derecho a cobrar el retroactivo. Según explica el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el caso de los ex trabajadores el aumento se debe aplicar a las vacaciones y primas, si hay lugar para ello. De acuerdo con la Ley 4 de 1992, lo mencionado anteriormente aplica para todas las entidades del Estado.

"El régimen prestacional de los servidores públicos de las entidades territoriales será fijado por el Gobierno Nacional, con base en las normas, criterios y objetivos contenidos en la presente Ley. En consecuencia, no podrán las corporaciones públicas territoriales arrogarse esta facultad", aclara el Artículo 12. "El Gobierno señalará el límite máximo salarial de estos servidores guardando equivalencias con cargos similares en el orden nacional", agrega en su parágrafo.

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