Colombia es uno de los países que tiene una mayor cantidad de días festivos alrededor del mundo. Las actividades y celebraciones de los días feriados, están regulados por la Ley Emiliani, promulgada en 1983 y actualizada al año 2020. En el país, dependiendo de la fecha de la celebración, se corre el día festivo al día lunes de la semana correspondiente, con el objetivo de conformar los denominados puentes festivos, que consisten en la articulación de domingo y lunes como días de fiesta.

El mes de julio inició desde el pasado jueves, durante este primer fin de semana del mes se estará llevando a cabo un puente festivo. Lo anterior debido a que el próximo lunes 5 de julio se estará dando la celebración en conmemoración al día de San Pedro y San Pablo. Esta celebración, proveniente desde la ideología de la Iglesia Católica, indica un día de descanso que en el territorio colombiano se desarrolla como día festivo.

¿Quiénes descansan durante el puente festivo del 5 de julio?

Los trabajadores, son los principales interesados en conocer el funcionamiento de los días festivos, debido a que estos días deben ser de descanso sobre las actividades económicas y productivas de diferentes sectores que están en el país. De acuerdo con la regulación nacional, en materia de trabajo, las personas que no descansan durante un día festivo y deben cumplir con actividades laborales, podrían llegar a recibir un 75% más del salario correspondiente dependiendo de las horas trabajadas.

Sobre lo anterior, se debe revisar al detalle la situación contractual de cada trabajador para determinar si le corresponde una remuneración de acuerdo al trabajo durante los días de fiesta. Las personas que cuentan con un contrato laboral, no deberían trabajar en esta jornada sin una retribución mayor a su salario normal, puesto que se estaría desarrollando la actividad laboral fuera del horario de trabajo.

Gobierno Nacional establece restricciones a vehículos de carga pesada durante el puente festivo

Teniendo en consideración la alta demanda de tránsito que se vive durante los puentes festivos en Colombia, como consecuencia de actividades de recreación y vacaciones por parte de la ciudadanía, el Ministerio de Transporte estableció horarios en que estará restringida la circulación de automotores de carga con capacidad igual o superior a las 3,4 toneladas.

Sobre lo anterior, la medida aplicará durante los días viernes, sábado y lunes, además se contempla que las vías en las que estará funcionando esta medida, serán los corredores de departamentos como Cundinamarca, Boyacá, Antioquia y Santander. El día lunes los vehículos con restricción no podrán transitar por las vías a partir de las 10 de la mañana y hasta las 11 de la noche.

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