Este lunes 18 de enero comenzó una nueva etapa en las cuarentenas por localidades en Bogotá y el toque de queda. Además, la alcaldesa Claudia López anunció las medidas que se implementarán en el fin de semana del 23 y 24 de enero en la capital de la República.
La intención de la Alcaldía es continuar con la mitigación de contagios de covid-19 en la ciudad que crecieron dramáticamente en las últimas semanas debido a las fiestas de diciembre. Según López, la mayoría de personas se contagió en diciembre en familia y se ha pasado de 935 a 2.381 número de UCI en seis meses.
¿Cuáles son las medidas para el próximo fin de semana?
Estas son las medidas para esta semana y el fin de semana del 22 al 25 de enero.
- Desde el martes 19 hasta el martes 28 de enero habrá restricción de movilidad en toda la ciudad desde las 8 de la noche hasta las 4 de la mañana.
- Desde el 22 de enero a las 8 de la noche hasta el lunes 25 a las 4 de la mañana habrá cuarentena general obligatoria para toda la ciudad.
- La ciudad continúa en ley seca y el pico y cédula sigue vigente en todas las localidades.
¿Cuáles son las localidades que empiezan cuarentena este lunes 18 de enero?
Las localidades que comenzaron cuarentena estricta este lunes son Bosa, Ciudad Bolívar, San Cristóbal Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Usme y Tunjuelito. Empezaron la restricción este lunes 18 y terminarán el próximo jueves 28 de enero a las 11:59 de la noche. Además, tendrán toque de queda entre las 8 de la noche y las 5 de la mañana de cada día de cuarentena.
¿Qué localidades continúan en cuarentena?
Las localidades de Kennedy y Fontibón comenzaron la cuarentena obligatoria el pasado 11 de enero y terminarán el aislamiento el próximo 21 del mismo mes. También tienen toque de queda desde las 8 de la noche hasta las 5 de la mañana hasta cuando terminen.
¿Qué se puede hacer en las localidades con cuarentena?
De acuerdo con el decreto 018 del 14 de enero de 2021 estas son las excepciones para las localidades en cuarentena.
- Abastecimiento y adquisición de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona per núcleo familiar.
- Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios
públicos y privados de salud.
- Cuidado institucional o domiciliario de mayores, personas menores de 18 años, dependientes,
enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales.
- Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
- Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser
acreditadas en caso que Ia autoridad así lo requiera.