Alejandro Gomez, Secretario de Salud de Bogotá, dejó claro que mientras no llegue la vacuna al país, seguramente llegue un tercer pico de contagio, por eso las medidas que se han tomado no solo en la capital, sino en varias regiones de Colombia. El pico y cédula es una de las que siguen vigentes junto a las cuarentenas estrictas por localidades y el toque de queda los fines de semana

"En Bogotá hemos subido 211 UCI en 18 días. Ayer cerramos con 2411 ucis instaladas en la ciudad", afirmó el Secretario de Salud de la capital que se mantiene en alerta roja hospitalaria y por eso a comienzos de 2021 se decidió extender el pico y cédula hasta finales de enero para ayudar a evitar un riesgo de contagio más alto.

¿Hasta cuando va el pico y cédula en Bogotá?

El 4 de enero de 2021, después del comité epidemiológico que se realizó entre los equipos del gobierno Distrital y Nacional, se anunció la extensión del pico y cédula hasta el 31 de enero. Por ahora, esa sería la última fecha que tendría la medida para aplicarse en la capital del país. 

El Pico y cédula en Bogotá funciona según el último número de su documento de identificación. Las cédulas que terminan en número par, no podrán ingresar a ningún establecimiento los días pares del mes y en sentido contrario ocurre con los impares. 

Pico y cédula en Bogotá hasta el 31 de enero

Jueves 21 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
Viernes 22 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
Sábado 23 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
Domingo 24 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
Lunes 25 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
Martes 26 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
Miércoles 27 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
Jueves 28 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
Viernes 29 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.
Sábado 30 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8.
Domingo 31 de enero: Restricción para cédulas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9.

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